miércoles, 4 de septiembre de 2013

Análisis Proyecto de Ley de Obtentores Vegetales

Desde el 2009, el Parlamento viene discutiendo sobre el Proyecto de Ley de Obtentores Vegetales que protege la propiedad intelectual que colaboran en la creación de nuevas variedades vegetales. La finalidad es modernizar la institucionalidad vigente e igualarla con la firma de tratados internacionales de libre comercio y propiedad intelectual que Chile ha suscrito en los últimos años.




                Esto ha abierto un acalorado debate acerca de la comercialización de los recursos agrarios y silvopecuarios (vitales insumos alimenticios para la población) y la manera en que éstos serán apropiados y convertidos mediante las nuevas tecnologías. Por un lado, está la opinión de los defensores de la libre agricultura, quienes claman por el uso permanente y abierto de las semillas y cultivos que por generaciones las comunidades originarias y los agricultores han utilizado. Además, muestran su legítima preocupación por la presencia de nuevas variedades de alimentos genéticamente modificados (GM) y sus potenciales efectos nocivos en los consumidores. A mi juicio, ambas aseveraciones han desvirtuado el propósito original de este proyecto de ley, que logró, a la primera semana de septiembre 2013, retirar la suma urgencia que tenía la tramitación en el Senado. Por ello, vale la pena hacer un poco de historia para entender cómo se llega a esta situación.

ANTECEDENTES

               En 1994, Chile promulgó la Ley 19.342, que regula los derechos de obtentores de nuevas variedades vegetales y cuyo objetivo fue alinear la legislación nacional a la situación internacional, adhiriendo definitivamente al acta de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) de 1978. De acuerdo a la ley, un obtentor es la persona (natural o jurídica) que en forma natural o mediante aplicación genética de laboratorio descubre una nueva variedad vegetal. De tal forma, el obtentor obtiene el derecho exclusivo de la producción de esta variedad vegetal, así como su venta, empleo o uso, e incluso la utilización de la misma como planta ornamental.

Esta actividad tiene una gran importancia en el desarrollo agrícola moderno, debido al  gran crecimiento demográfico del último siglo y que no tiene señales de disminuir; por lo que cada vez existe un mayor número de personas que demandan alimentos para su subsistencia. Adicionalmente, deben considerar los efectos del cambio climático, que requieren la explotación racional de los recursos naturales. De este modo, la agricultura no podrá atender esas demandas si no moderniza sus actividades mediante la introducción de nuevas tecnologías que hagan más eficiente su producción.

                Atendiendo diversos factores fue que desde que el hombre conoció y aplicó las técnicas agrícolas en las antiguas civilizaciones, surgidas en Mesopotamia y posteriormente en Egipto, ha logrado crear variaciones vegetales de forma natural, principalmente a través de la polinización. Este conocimiento ha sido transferido y multiplicado por el resto de la humanidad hasta el día de hoy, con lo cual prácticamente no existen alimentos que sean totalmente “naturales”. Por ejemplo, la frutilla podría ser considerada con total justicia una variedad híbrida o incluso transgénica, pues se obtuvo del cruce accidental de dos especies nativas (una de Virginia, EEUU; y otra de Chile) en un jardín botánico ubicado en Paris a mediados del siglo XIX.

De hecho, el 99,5% de los alimentos que consumimos en la actualidad se han logrado en el cruce de variedades y aquellos donde no fue posible obtenerlos de forma natural se han conseguido a través de procesos “artificiales” (tecnología), como alteraciones químicas, radiación, mutaciones espontáneas mediante la exposición a rayos solares y, últimamente, la biotecnología. Esta última tiene su base en la tecnología que estudia y aprovecha los mecanismos e interacciones biológicas, para luego aplicarlas a la agricultura, farmacéutica, medicina e ingeniería de los alimentos, entre otras, a través de técnicas in vitro de ácido nucleico. Aquí se incluye, por supuesto, el ácido desoxirribonucleico (ADN) recombinante (ADNr), que luego se inyecta de forma directa en células para fusionarlas y así obtener nuevos organismos celulares. De esta forma, encontramos a la ingeniería genética jugando un rol crítico en el control y transferencia de ADN de un organismo a otro, dando la posibilidad de crear nuevas especies, efectuar “correcciones” genéticas y fabricar nuevos compuestos.

MOTIVOS PARA LA MODIFICACIÓN GENÉTICA

La razón para efectuar estas mutaciones de forma natural e in vitro son para obtener una semilla y/o variedad más resistentes, cambios climáticos, adaptación al tipo de suelo y cadenas logísticas de exportación, pasando también por el sabor, color, tamaño y contextura. Por tanto, se estima que el investigador o agricultor (obtentor) quien logra una mejora dentro de las variedades vegetales ha conseguido una nueva forma de propiedad intelectual. La cual en la mayoría de los países que fomentan el desarrollo científico y tecnológico es merecedora de un premio que otorga la sociedad, transformándola en un derecho patrimonial. Vale decir, este individuo o institución obtiene el reconocimiento exclusivo a hacer uso de ese derecho, mediante la concesión de una “patente”.

Esta situación es clave en el desarrollo económico y social de los países que reconocen la relevancia de proteger la propiedad intelectual del inventor, para que luego éste tenga los derechos de comercialización y explotación; así el investigador tiene los incentivos adecuados para crear, sustentando y promoviendo la investigación, vital en la moderna “economía del conocimiento”.

En el caso de las obtenciones vegetales este derecho está consagrado internacionalmente en la UPOV de 1978, a la cual Chile adhirió el 5 de enero de 1996 y a partir de la cual se promulgó la Ley 19.342. En 1991, la UPOV publicó un acta que se adecúa a los cambios científicos introducidos por la biotecnología, lo que abrió el camino al ingreso de grandes empresas (la más notable Monsanto) en la industria de los alimentos GM. La UPOV de 1991 vino a reemplazar al acta de 1978 y, por tanto, desde 1998 que los nuevos países suscribientes sólo pueden adherir el convenio de 1991.

EE.UU. fue el propulsor de la actualización de la norma internacional. Chile al firmar el Tratado de Libre Comercio con el país norteamericano, en 2004, se comprometió a adoptar la misma legislación internacional; de ahí surge el proyecto de ley de obtentores de semillas y cultivos, el que ingresa al parlamento en enero del 2009. Cabe destacar que la mayoría de los países latinoamericanos solo han adherido al UPOV de 1978, entre los que se cuentan gigantes silvoagropecuarios como Argentina, Brasil, Ecuador y Chile (este último el mayor exportador de fruta fresca de la región).

Para ponerse a tono con el convenio UPOV de 1991, la gran diferencia que incorpora el proyecto de ley (llamado popularmente en Chile Ley Monsanto) es que el titular tiene el derecho exclusivo para producir y comercializar su invención (como es por cierto el derecho de exclusividad que tiene una patente), por lo que exige la autorización del obtentor para la reproducción de las semillas. Esto solo aplica para cultivos y semillas nuevas, creados a partir de la técnica natural o artificial, con el objetivo de establecer un derecho de propiedad sobre esta "creación" a favor del obtentor. De esa forma, se pretende incentivar la generación de variedades nacionales desde la investigación científica, entregando valor agregado a la industria silvoagrepecuaria chilena. Así se pueden generar frutas y verduras más resistentes (sin necesidad de utilizar pesticidas), servir como antígeno a infecciones bacteriales, capacidad de mantener su frescura en cadenas de frío más prolongadas durante la exportación, cultivos con menor necesidad del agua, entre otras oportunidades agrarias y comerciales identificadas.

Según el proyecto de ley, cuando el obtentor confía plenamente en que ha conseguido una nueva variedad de semilla o cultivo lo puede inscribir en el Registro de Variedades Protegidas, en la División de Semillas del Servicio Agrícola Ganadero (SAG, dependiente del Ministerio de Agricultura). Aquí es evaluado por el Comité Calificador de Variedades, quienes determinan mediante pruebas y ensayos si la propuesta cumple con los requisitos legales: ser nueva, distinta, homogénea, estable y tener una denominación varietal. De otorgarse la patente por la nueva semilla, el derecho de exclusividad cubre un período de 18 años (árboles y vides) y 15 años (otras especies); no es un derecho a perpetuidad, ni mucho menos es la adquisición de derechos sobre variedades originarias ya conocidas u otras comercializadas. A cambio, el obtentor se compromete a hacer pública la estructura y los componentes genéticos de la semilla, con lo que se abre la puerta a nuevas investigaciones. 

A la fecha, en el Registro de Variedades Protegidas podemos observar la distribución de los países de origen de las variedades inscritas según la legislación nacional vigente: 



Fuente: SAG, 2013




Como podemos apreciar, Chile solo tiene el 4% de las inscripciones en el total de las variedades frutales; el 2% en variedades ornamentales; y 41% en variedades agrícolas. Estos indicadores muestran las fortalezas de la investigación científica de nuestro país en una determinada área y al mismo tiempo las variedades donde Chile podría perder liderazgo debido a la innovación tecnológica que realizan otras naciones.


DISCUSIÓN

               Innumerables voces, entre ellos investigadores con doctorado, se han opuesto al proyecto de ley de obtenciones vegetales, principalmente porque ésta traería desequilibrio entre los obtentores y quienes no posean el derecho a explorar esa semilla nueva. Además, la iniciativa no entrega compensación a los pueblos originarios y campesinos por aportar el material que dio origen a la innovación; establecido en la Convención de la Diversidad Biológica, suscrita por Chile en 1995. Incluso existe el temor de que las grandes corporaciones se apropien de los cultivos originarios y los conviertan en cultivos transgénicos.

A raíz de esta gran presión social es que la iniciativa se ha detenido en varias ocasiones en el Parlamento en los últimos cuatro años. No obstante, a septiembre de 2013 el proyecto ya fue aprobado por la Cámara de Diputados y por la Comisión de Agricultura del Senado, por lo que solo faltaría la votación en el Senado.

Por otro lado, diversos cultivos genéticamente modificados, como la “uva redglobe” han generado millones de dólares en ingresos para el país, mientras que la introducción de cultivos ornamentales en Osorno ha creado nuevo empleos. Al mismo tiempo, los defensores de los alimentos GM esgrimen que podrían ser un elemento crítico dentro de la solución global al problema de alimentación para un población mundial que crece segundo a segundo (en la actualidad existen casi dos mil millones de seres humanos que viven bajo la línea de la pobreza; de los cuales más de la mitad presenta síntomas de desnutrición). Es así como la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO) advierte que en las próximas dos generaciones, los hombres consumirán el doble de comida que previamente necesitó toda la historia de la humanidad. ¿Cómo y cuándo se va a producir?

Es ahí donde se requiere la introducción de nuevas tecnologías que hagan más eficiente la producción y consumo de alimentos. Sin embargo, bajo ese panorama se visualizan escenarios donde las grandes corporaciones controlarán este importante recurso para el desarrollo humano (aunque esto ya es una realidad, pues en Chile las dos grandes cadenas de supermercados ya controlan el 60% del abastecimiento de alimentos y alrededor de una decena de familias son los propietarios del sistema de producción agrícola, pesquero y ganadero del país).

Otra de las dudas que surgen casi espontáneamente: ¿Son los alimentos GM nocivos para las personas? La ciencia no ha encontrado respuestas concluyentes y afirmativas para respaldar tal hipótesis. No obstante y por otro lado, las actuales prácticas de la agricultura provocan un considerable daño al ecosistema a través de los pesticidas (causantes de la mortandad de las abejas) y son ineficientes en el uso del agua.

Se estima que el cultivo de alimentos GM logró reducir en 224 mil MT de pesticidas (entre 1996 y 2005) y 9 mil millones de kilos de CO2 (2005). Es más, la ciencia ha desarrollado tratamientos médicos en base a productos GM, como la insulina y la vacuna contra el cáncer cervical. El queso y el pan también han sido genéticamente modificados con enzimas y levaduras alteradas desde 1980.

Aun así, es probable que la alimentación GM no tenga todas las respuestas y sea solo un elemento más en la compleja oferta de soluciones que debe surgir para atacar este problema. Pero indudablemente que es una herramienta para lograr una agricultura sustentable y, al mismo tiempo, ansiosa por alcanzar un marco legal adecuado para los tiempos modernos que corren.